AYUDAS DE LIBROS PARA EL CURSO 2014-2015
En la próxima convocatoria de estas ayudas, correspondiente al curso 2014-2015, en la que también se comtemplará la posibilidad de adquirir libros en formato digital, será requisito imprescindible para su concesión, la presentación de la FACTURA acreditativa de la adquisición de los libros de texto objeto de la ayuda.
Por ello, les rogamos que adviertan a las familias que al adquirir los libros en librerías, establecimientos comerciales y otros centros, que deben solicitar factura, teniendo en cuenta las siguientes observaciones:
- En la factura se incluirán únicamente los libros de texto, en cualquier formato, especificándose lostítulos y el ISBN o código de barras y excluyendo cualquier otro tipo de material escolar.
- Se exigirá una factura por alumno. (Si por ejemplo, la familia tuviera tres hijos, debería obtener tres facturas, cada una de ellas con los libros de cada hijo).
- La factura o justificante deberá reunir los requisitos establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (BOE nº 289 de 1 de diciembre de 2012), incluyendo, entre otros, los siguientes datos:
-NIF o CIF, nombre y apellidos, razón o denominación social completa del obligado a expedir factura.
-Curso y enseñanza (primaria o secundaria) a los que corresponden los libros de texto.
Por último significarle que NO será admisible la factura simplificada.
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